Secretaria de Energia

Comité de Control y Desempeño Institucional (COCODI)

 

El Comité de Control y Desempeño Institucional es un órgano colegiado que contribuye al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales; a impulsar el establecimiento y actualización del Sistema de Control Interno, y al análisis y seguimiento para la detección y administración de riesgos conforme a lo dispuesto en el Título Cuarto de las Disposiciones en Materia de Control Interno.






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Objetivos del Comité

Los Titulares de las Instituciones instalarán y encabezarán el Comité de Control y Desempeño Institucional, el cual tendrá los siguientes objetivos:


      I) Contribuir al cumplimiento oportuno de metas y objetivos institucionales con enfoque a resultados, así como a la mejora de los programas presupuestarios;



      II) Contribuir a la administración de riesgos institucionales con el análisis y seguimiento de las estrategias y acciones de control determinadas en el PTAR, dando prioridad a los riesgos de atención inmediata y de corrupción;


      III)Analizar las variaciones relevantes, principalmente las negativas, que se presenten en los resultados operativos, financieros, presupuestarios y administrativos y, cuando proceda, proponer acuerdos con medidas correctivas para subsanarlas, privilegiando el establecimiento y la atención de acuerdos para la prevención o mitigación de situaciones críticas;


      IV)Identificar y analizar los riesgos y las acciones preventivas en la ejecución de los programas, presupuesto y procesos institucionales que puedan afectar el cumplimiento de metas y objetivos;


      V)Impulsar el establecimiento y actualización del SCII, con el seguimiento permanente a la implementación de sus componentes, principios y elementos de control, así como a las acciones de mejora comprometidas en el PTCI y acciones de control del PTAR;


      VI)Impulsar la aplicación de medidas preventivas para evitar materialización de riesgos y la recurrencia de observaciones de órganos fiscalizadores, atendiendo la causa raíz de las mismas;


      VII)Revisar el cumplimiento de programas de la Institución y temas transversales de la SFP;


      VIII)Agregar valor a la gestión institucional, contribuyendo a la atención y solución de temas relevantes, con la aprobación de acuerdos que se traduzcan en compromisos de solución a los asuntos que se presenten.

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Atribuciones del Comité

El Comité tendrá las atribuciones siguientes:

      I.)Aprobar el Orden del Día;

      II.)Aprobar acuerdos para fortalecer el SCII, particularmente con respecto a:

        a)El Informe Anual;

        b)El cumplimiento en tiempo y forma de las acciones de mejora del PTCI, así como su reprogramación o replanteamiento;

        c)Las recomendaciones contenidas en el Informe de Resultados del Titular del OIC derivado de la evaluación del Informe Anual, y

        d)Atención en tiempo y forma de las recomendaciones y observaciones de instancias de fiscalización y vigilancia;

      III.)Aprobar acuerdos y, en su caso, formular recomendaciones para fortalecer la Administración de Riesgos, derivados de:

        a)La revisión del PTAR, con base en la Matriz de Administración de Riesgos y el Mapa de Riesgos, así como de las actualizaciones;

        b)El Reporte de Avances Trimestral del PTAR;

        c)El análisis del resultado anual del comportamiento de los riesgos, y

        d)La recurrencia de las observaciones derivadas de las auditorías o revisiones practicadas por el OIC o por otras instancias externas de fiscalización.

      IV.)Aprobar acuerdos para fortalecer el desempeño institucional, particularmente con respecto a:

        a)El análisis del cumplimiento de los programas presupuestarios y comportamiento financiero;

        b)La evaluación del cumplimiento de las metas y objetivos de los programas sectoriales, institucionales y/o especiales y de sus indicadores relacionados, y

        c)La revisión del cumplimiento de los programas y temas transversales de la SFP, mediante el análisis del avance en el logro de los indicadores relacionados a los mismos.

      V.)Aprobar acuerdos para atender las debilidades de control detectadas, derivado del resultado de quejas, denuncias, inconformidades, procedimientos administrativos de responsabilidad, observaciones de instancias fiscalizadoras y de las sugerencias formuladas por el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés por conductas contrarias al Código de Ética, las Reglas de Integridad y al Código de Conducta;

      VI.)Tomar conocimiento del reporte del análisis del desempeño de la Institución, que elaboren los Delegados, así como de la MIR de los programas presupuestarios responsabilidad de la institución, aprobados para el ejercicio fiscal de que se trate, estableciendo los acuerdos que procedan;
      VII.)Dar seguimiento a los acuerdos y recomendaciones aprobados e impulsar su cumplimiento en tiempo y forma;

      IX.)Ratificar las actas de las sesiones, y

      X.)Las demás necesarias para el logro de los objetivos del Comité.

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Políticas de Operación


TIPO DE SESIONES Y PERIODICIDAD.

El Comité celebrará cuatro sesiones al año de manera ordinaria y en forma extraordinaria las veces que sea necesario, debiendo celebrarse preferentemente al inicio de la jornada laboral. Las sesiones ordinarias deberán celebrarse dentro del trimestre posterior al que se reporta, procurando se lleven a cabo durante el mes inmediato posterior a la conclusión de cada trimestre del ejercicio.


CONVOCATORIAS.

La convocatoria y la propuesta del Orden del Día, deberá ser enviada por el Vocal Ejecutivo a los miembros e invitados, con cinco días hábiles de anticipación indicando el lugar, fecha y hora de celebración de la sesión, así como la disponibilidad de la carpeta electrónica en el Sistema Informático.


CALENDARIO DE SESIONES.

El Calendario de sesiones ordinarias para el siguiente ejercicio fiscal se aprobará en la última sesión ordinaria del año inmediato anterior.


DESARROLLO DE LAS SESIONES Y REGISTRO DE ASISTENCIA.

Las sesiones se llevarán a cabo de manera presencial, y en cada reunión se registrará la asistencia de los participantes, recabando las firmas correspondientes.


QUÓRUM.

El quórum se integrará con la asistencia de la mayoría de sus miembros, siempre que participen el Presidente o el Presidente suplente y el Vocal Ejecutivo o el Vocal Ejecutivo suplente.


ACTA DE LAS SESIONES.

Por cada sesión del Comité se levantará un acta que contendrá al menos los nombres y cargos de los asistentes; los asuntos tratados y los acuerdos aprobados, y la firma autógrafa de los miembros que asistan a la sesión, de los Delegados y del representante de la UCEGP.

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